CHILE
"Alto a la violencia gubernamental contra el movimiento estudiantil"
25 de Agosto de 2012 CECT Chile
1º El gobierno debe detener la represión violenta ejercida contra jóvenes y niños menores de edad, asumiendo su responsabilidad de mantención de la paz social basada en la justicia.
2º Es imperativo que las autoridades abran las puertas al diálogo como medio de superación de los conflictos sociales, puesto que las posiciones ideológicas dogmáticas no sirven para solucionar los problemas, sino que los acrecientan.
3º Es un deber básico expresar el más profundo repudio a las prácticas de tortura instaladas como política institucional de Carabineros de Chile en las calles, en territorio mapuche y en el interior de los establecimientos educacionales de dependencia municipal.
4º El Estado de Chile se ha comprometido a respetar la normativa internacional de protección de los derechos humanos, incluyéndose la Convención Internacional contra la Tortura y Otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes, así como también la Convención de los Derechos del Niño, entre otros. El mundo ha visto la vulneración de estos principios durante los desalojos de liceos: niñas y niños golpeados y heridos; vejados sexualmente en furgones, buses y recintos policiales, siendo obligados a desnudarse, así como también a ser víctimas de ?desapariciones express?, manteniéndolos detenidos por largos períodos y negándose a la entrega de la información requerida por sus familiares y amigos.
5º Las medidas de No Repetición de los Delitos del Terrorismo de Estado padecido por el pueblo de Chile durante la dictadura militar, forman parte de los Principios Básicos emanados de la Organización de las Naciones Unidas para instaurar Verdad, Justicia y Reparación respecto de los crímenes de lesa humanidad, como los que nuevamente se denuncian y que, a modo de ejemplo, se expresan en el asesinato de Manuel Gutiérrez (de 16 años), la detención y desaparición de José Huenante (de 16 años), la represión sobre menores del pueblo mapuche, etc? Por tanto, el Estado debe velar por el término de la tortura, investigar toda denuncia de parte de las personas afectadas y castigar a los responsables.
6º Las instancias internacionales de defensa de los derechos humanos deben observar los acontecimientos denunciados y exigir del gobierno la implementación del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, a fin de que el Comité Nacional de dicha instancia se constituya en los centros donde se sospeche que se inflige este delito e inicie las investigaciones pertinentes.
FUENTE: Clarín, Chile
"Alto a la violencia gubernamental contra el movimiento estudiantil"
25 de Agosto de 2012 CECT Chile
1º El gobierno debe detener la represión violenta ejercida contra jóvenes y niños menores de edad, asumiendo su responsabilidad de mantención de la paz social basada en la justicia.
2º Es imperativo que las autoridades abran las puertas al diálogo como medio de superación de los conflictos sociales, puesto que las posiciones ideológicas dogmáticas no sirven para solucionar los problemas, sino que los acrecientan.
3º Es un deber básico expresar el más profundo repudio a las prácticas de tortura instaladas como política institucional de Carabineros de Chile en las calles, en territorio mapuche y en el interior de los establecimientos educacionales de dependencia municipal.
4º El Estado de Chile se ha comprometido a respetar la normativa internacional de protección de los derechos humanos, incluyéndose la Convención Internacional contra la Tortura y Otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes, así como también la Convención de los Derechos del Niño, entre otros. El mundo ha visto la vulneración de estos principios durante los desalojos de liceos: niñas y niños golpeados y heridos; vejados sexualmente en furgones, buses y recintos policiales, siendo obligados a desnudarse, así como también a ser víctimas de ?desapariciones express?, manteniéndolos detenidos por largos períodos y negándose a la entrega de la información requerida por sus familiares y amigos.
5º Las medidas de No Repetición de los Delitos del Terrorismo de Estado padecido por el pueblo de Chile durante la dictadura militar, forman parte de los Principios Básicos emanados de la Organización de las Naciones Unidas para instaurar Verdad, Justicia y Reparación respecto de los crímenes de lesa humanidad, como los que nuevamente se denuncian y que, a modo de ejemplo, se expresan en el asesinato de Manuel Gutiérrez (de 16 años), la detención y desaparición de José Huenante (de 16 años), la represión sobre menores del pueblo mapuche, etc? Por tanto, el Estado debe velar por el término de la tortura, investigar toda denuncia de parte de las personas afectadas y castigar a los responsables.
6º Las instancias internacionales de defensa de los derechos humanos deben observar los acontecimientos denunciados y exigir del gobierno la implementación del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, a fin de que el Comité Nacional de dicha instancia se constituya en los centros donde se sospeche que se inflige este delito e inicie las investigaciones pertinentes.
FUENTE: Clarín, Chile
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