viernes, 22 de febrero de 2013

Delegación de paz FARC-EP: Diez propuestas mínimas para garantizar la soberanía alimentaria y el buen vivir de la población.

COLOMBIA - DIÁLOGOS DE PAZ




(AW) Los Diálogos de Paz entre las FARC-EP y el gobierno del Estado colombiano constituyen uno de los procesos de mayor relevancia en la situación política latinoamericana. Como lo viene haciendo habitualmente, la Agencia Walsh pone a disposición de los lectores otra de las propuestas programáticas que sistemáticamente la Delegación de paz de las FARC-EP en La Habana, Cuba, está dando a conocer a la opinión pública de Nuestra América y del mundo, en este caso la que refiere a la soberanía alimentaria y el buen vivir de la población.

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Con miras a garantizar la soberanía alimentaria de la población colombiana se ponen en consideración las siguientes diez propuestas:
1. Constitucionalización del derecho a la soberanía alimentaria y definición del derecho a la alimentación como un derecho fundamental.
2. Erradicación del hambre y la desnutrición provocadas por la desigualdad y la pobreza.
3. Oferta suficiente, estable, salubre y ambientalmente sostenible de alimentos para el consumo de la población.
4. Garantía de acceso al consumo de alimentos por parte de la población.
5. Estímulo a la producción campesina de alimentos, así como a las economías de las comunidades indígenas y afrodescendientes. 

6. Encadenamientos productivos entre diversos modelos de producción de alimentos.
7. Protecciones especiales a la producción y la comercialización de alimentos.
8. Relacionamiento equitativo entre productores rurales y consumidores urbanos de alimentos.
9. Provisión de infraestructura física para la producción, la comercialización y el acceso a los mercados.
10. Participación democrática, social y popular en el diseño y puesta en marcha de políticas alimentarias y nutricionales
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1. Constitucionalización del derecho a la soberanía alimentaria y definición del derecho a la alimentación como un derecho fundamental.
Se constitucionalizará y garantizará el derecho a la soberanía alimentaria en atención a que el pueblo colombiano tiene el derecho a definir sus propias políticas y estrategias sustentables de producción, comercialización y consumo de alimentos para garantizar la alimentación de toda la población, con fundamento en la producción interna de alimentos, respetando y estimulando la cultura propia, la diversidad de los modos de producción y consumo campesinos, pesqueros, indígenas y afrodescendientes, el lugar central que en ellos ocupan las mujeres, así como la capacidad que estas comunidades poseen para gobernar sus territorios. La soberanía alimentaria se basará en sistemas diversificados de producción con tecnologías socioambientalmente sostenibles. El derecho a la alimentación sana, nutritiva y culturalmente adecuada en cantidad y calidad suficientes para el buen vivir, se definirá como derecho fundamental.
2. Erradicación del hambre y la desnutrición provocadas por la desigualdad y la pobreza.
La erradicación del hambre y la desnutrición provocadas por la desigualdad y la pobreza se convertirán de inmediato en política prioritaria del Estado. Para tal efecto, se diseñará un Programa Especial de Hambre Cero que contará con recursos extraordinarios de presupuesto y de destinación específica en suma equivalente al uno por ciento del PIB, provenientes de la reducción del actual gasto en seguridad y defensa, y se fundamentará al menos en las siguientes acciones:
- Definición de una canasta básica de alimentos, con los estándares requeridos para una alimentación sana y nutritiva, a ser garantizada gratuitamente por el Estado a toda la población rural y urbana que padece de hambre.
- La canasta básica será adquirida por el Estado a través de centrales regionales y locales de compras directas de alimentos a los productores campesinos, de comunidades indígenas y afrodescendientes. Se estimulará la producción de alimentos hasta lograr el autoabastecimiento.
- Desconcentración y redistribución de la propiedad sobre la tierra y adjudicación gratuita a campesinos sin tierra, a trabajadores y proletarios agrícolas, a pobladores urbanos en condiciones de pobreza y en especial a mujeres; acompañada de la garantía al acceso a agua, semillas, razas de animales, recursos genéticos y crédito subsidiado, entre otros, y del fomento a la producción y el consumo de alimentos en esas tierras.
- Implementación de programas de generación de empleo rural y urbano y apoyo a las economías rurales y populares, con miras a mejorar las condiciones de ingreso y la capacidad adquisitiva de la población que padece el hambre, la pobreza y la desigualdad.
3. Oferta suficiente, estable, salubre y ambientalmente sostenible de alimentos para el consumo de la población.
El patrón productivo rural y agrario se reencauzará para garantizar el autoabastecimiento alimentario, es decir, una oferta estable, salubre y ambientalmente sostenible de alimentos para el consumo de la población. La base de dicho patrón serán la producción campesina de alimentos, individual, colectiva o asociativa, y las economías de comunidades indígenas y afrodescendientes, sin perjuicio de otros sistemas de producción siempre y cuando tengan los mismos propósitos.
Una oferta de alimentos con las características señaladas se fundamenta entre otras en:
a) Un ordenamiento espacial y territorial que garantice las Zonas de Producción Campesina de Alimentos y las Zonas de Reserva Campesina, así como los territorios de comunidades indígenas y afrodescendientes.
b) La promoción, protección y el subsidio de una agricultura ambientalmente sostenible en sus diferentes componentes (uso de energía renovable, manejo de semillas, control biológico de plagas, fertilización con abonos orgánicos, uso racional del agua), incluidas políticas de investigación y desarrollo.
c) De manera especial, la recuperación de la producción y el autoabastecimiento de cereales, en particular de trigo y de maíz para el consumo humano, así como de otros productos nativos de alto valor nutritivo.
d) La definición de una política de conservación y protección de las semillas nativas naturales, no susceptibles de apropiación privada, con la participación de escuelas agroecológicas, universidades y centros públicos de investigación.
e) La promoción y el estímulo a la agregación de valor, incluido el procesamiento industrial por parte de pequeños y medianos productores de alimentos.
f) La garantía estatal de la salubridad alimentaria mediante el restablecimiento de la soberanía sobre los sistemas de gestión y certificación de la producción y la comercialización de alimentos, incluidas prohibiciones o estrictas regulaciones, según el caso, en el uso de fungicidas, pesticidas y otros agroquímicos, así como en el uso de transgénicos.
g) La implementación y el acceso de los productores rurales a sistemas de información agrícola que faciliten y posibiliten el ordenamiento productivo y el acceso al mercado, cuando a ello hubiere lugar.
h) El autoabastecimiento alimentario no excluye la exportación de alimentos.
4. Garantía de acceso al consumo de alimentos por parte de la población.
La generación de una oferta estable y duradera de alimentos debe acompañarse de la garantía al acceso en forma permanente en el tiempo y el espacio al consumo de alimentos y a su distribución equitativa. El consumo de alimentos se encuentra en primera instancia en función de situación socioeconómica de los consumidores, razón por la cual la soberanía alimentaria guarda una relación estrecha con la política económica y con el modelo económico, en general.
Garantizar el acceso al consumo de alimentos presume el mejoramiento de las condiciones de vida y de trabajo de la población. Para ello, son necesarias políticas y acciones tendientes a la superación de la escandalosa concentración de la propiedad y la riqueza social, la generación de trabajo digno y bien remunerado, y la erradicación de la profunda desigualdad social y la pobreza. La implantación de una renta básica de ciudadanía, universal y sin condiciones, provista por el Estado, representaría un primer paso reformista en esa dirección.
El acceso al consumo de alimentos exige, de manera particular, entre otros:
a) Definición y organización de la estructura del acceso, considerando los alimentos a ser provistos por el mercado, aquellos que provienen de sistemas tradicionales o del autoabastecimiento y los que serán suministrados por los programas estatales.
b) Definición y promoción de hábitos y patrones de consumo alimentario salubre y nutricional.
c) Educación alimentaria y tradicional, incluida la protección y el rescate de la cultura tradicional.
d) Disponibilidad, calidad y acceso a servicios de agua potable, saneamiento básico, energía eléctrica y salud
e) Acercamiento de la producción al consumo
Se proscribirá de manera expresa la utilización de la alimentación y del acceso a los alimentos dentro de las estrategias de guerra.
5. Estímulo a la producción campesina de alimentos, así como a las economías de comunidades indígenas y afrodescendientes.
Para efectos de garantizar la soberanía y la seguridad alimentarias, la protección, el estímulo y el subsidio a la producción campesina de alimentos ocupa un lugar central y prioritario. Existe suficiente demostración y evidencia empírica acerca de los altos índices de productividad de la economía campesina, que justifican la necesidad de una política estatal de apoyo a esta economía. Igual trato requieren las economías ide comunidades ndígenas y afrodescendientes y las comunidades que viven de la pesca tradicional.
Además del argumento de productividad, se encuentran razones culturales, de sostenibilidad socioambiental, de salubridad y de justica territorial, así como de acortamiento de la cadena alimentaria y de reducción del número de intermediarios.
La producción agrícola, la pesca, la ganadería familiar, y el procesamiento de alimentos en las Zonas dePproducción Campesina de Alimentos y las Zonas de Reserva Campesina se destinarán en primera instancia al autoabastecimiento alimentario y nutricional de dichos territorios. La producción de excedentes se destinará para intercambios interregionales y para el abastecimiento del mercado interno. No se excluye la actividad exportadora de excedentes, en el marco de los procesos de integración latinoamericana.
Se diseñará y pondrá en marcha un Programa de producción campesina de alimentos, fundamentado en la definición precisa de los territorios campesinos, la asignación de específica de recursos de presupuesto, la asistencia técnica, tecnológica e investigativa, y el crédito y el seguro subsidiados. Asimismo, en la concertación previa con las comunidades campesinas. Se regularán los precios a través de precios de sustentación. Se conformará un sistema de compras estatales regionales y locales de absorción de la oferta campesina. Se desarrollarán estándares propios de salubridad de la producción campesina, adecuados a escala y contexto, con la participación de productores y consumidores directos.
Las comunidades indígenas y afrodescendientes serán incorporadas al programa, previa concertación.
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6. Encadenamientos productivos entre diversos modelos de producción de alimentos.
La consolidación de un sistema de soberanía alimentaria no excluye la coexistencia de diversos modelos de producción, basada en la generación de un equilibrio entre economía campesina, agroindustria y ganadería, que respete las condiciones agroecológicas y ecosistémicas de la tierra y el territorio.
Admite igualmente la conformación de encadenamientos productivos tendientes a un uso racional de la tierra y demás los recursos para la agricultura, incluida el agua, sobre bases socioambientalmente sostenibles y regulaciones estrictas que garanticen la organización y la distribución equitativa de la producción y sus beneficios entre los diferentes componentes de tales encadenamientos. Los encadenamientos productivos podrán ser verticales u horizontales, y en diferente escala. Su propósito principal será el abastecimiento del mercado interno, sin excluir la posibilidad de realización de actividades de comercio exterior.
7. Protecciones especiales a la producción y la comercialización de alimentos.
Considerando que la soberanía alimentaria se encuentra asediada desde los más variados ángulos, la producción de alimentos para el autoabastecimiento del mercado interno contará con diversas medidas de protección especial, dentro de las cuales se encuentran las protecciones frente a:
a) Las presiones de cambio en los usos de la tierra impuestas por las economías de extracción minero-energética, la construcción de represas, la producción de agrocombustibles y los megaproyectos de infraestructura.
b) La imposición de paquetes tecnológicos y de patrones de consumo por parte de las corporaciones transnacionales de la alimentación, incluidas las patentes sobre semillas, razas de animales y genes. Igualmente, la imposición de sistemas de certificación fitosanitaria, de trazabilidad y de garantía de salubridad que favorecen a dichas corporaciones.
c) La importación de alimentos y, en general, las normas impuestas en los tratados de libre comercio.
d) Los precios internacionales al alza producto de la especulación financiera.
e) La extranjerización de la tierra para megaproyectos de producción de agrocombustibles.
f) Las aspersiones aéreas con glifosato y otras sustancias químicas que afectan los productos de pancoger.
8. Relacionamiento equitativo entre productores rurales y consumidores urbanos de alimentos.
La soberanía alimentaria demanda una política de abastecimiento alimentario que propicie un relacionamiento equitativo entre productores rurales y consumidores urbanos a través del sistema de compras estatales regionales y locales, de redes urbano-rurales que vinculen a productores y consumidores directos, de la supresión de las redes de intermediación que imponen precios elevados a los insumos y los productos finales, y particularmente del estímulo y la promoción de los mercados campesinos e interétnicos a lo largo y ancho del territorio nacional.
Con miras a estimular la equidad urbano-rural en el abastecimiento de alimentos se diseñará y pondrá en marcha un programa especial de promoción de economías urbano-rurales, que incluye el procesamiento, basadas en la asociatividad y la cooperación.
9. Provisión de infraestructura física para la producción, la comercialización y el acceso a los mercados.
La soberanía alimentaria exige la provisión y el desarrollo de la correspondiente infraestructura física para la producción, la comercialización y el acceso a los mercados. Dicha infraestructura que incluye, entre otros, dotaciones con medios de producción, tecnología, embalaje, vías de comunicación, transporte, centros de acopio y comercialización, será diseñada de manera conjunta con las comunidades rurales. Para tal efecto, se diseñará y pondrá en marcha un programa especial de infraestructura para la producción de alimentos.
10. Participación democrática, social y popular en el diseño y puesta en marcha de políticas alimentarias y nutricionales.
La soberanía alimentaria se fundamenta en la más amplia participación democrática, social y popular en el diseño y puesta en marcha de las políticas alimentarias y nutricionales, incluido el reconocimiento y el respeto por la autonomía de las comunidades campesinas, indígenas y afrodescendientes, así como el estímulo a la organizaciones campesinas en sus diferentes modalidades. Se creará el Consejo Nacional de Alimentación y Nutrición, con participación de estas comunidades y organizaciones.
La Habana, 18 de febrero de 2013

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