viernes, 6 de diciembre de 2013

Martha Beatriz Roque Cabello, conocida opositora anti castrista, presentó demanda contra el proceder de algunos vecinos de su domicilio.

Martha Beatriz Roque agredida por sus vecinos



LA HABANA, Cuba, diciembre, www.cubanet.org -El abogado independiente René López Benítez, director del Centro de Referencia Legislativa-Consultoría Jurídica de Asistencia a Necesitados, refiere que Martha Beatriz Roque Cabello, conocida opositora anti castrista, presentó demanda contra el proceder de algunos vecinos de su domicilio, en Belascoaín esquina a Zanja, municipio Centro Habana. Los vecinos le impiden que personas vinculadas a su Proyecto de Comunicadores Comunitarios se reúnan en su domicilio, pues, dijeron, atenta contra la estabilidad de entorno y en especial de niños y ancianos. De hecho, agredieron a Martha y a sus visitantes.
El doctor López Benítez asegura que el Consejo de Vecinos no tiene facultad para impedir el acceso al apartamento propiedad de Roque Cabello. El Reglamento de Edificios Multifamiliares, aprobado por el Instituto Nacional de la Vivienda, no tiene prevista la facultad alegada por el vocero del Consejo de Vecinos, por lo cual su acción presume un delito de Atentar contra los derechos individuales, previsto en el Título IX, Capítulo I, y en especial de Coacción, Artículo 286.
Este último artículo dispone textualmente: (1) ‘El que, sin razón legítima, ejerza violencia contra otro o lo amenace para compelerlo a que en el instante haga lo que no quiera, sea justo o injusto, o que tolere que otra persona lo haga o para impedirle hacer lo que la ley no prohíbe, es sancionado con privación de libertad de seis meses a dos años, o multa de doscientos a quinientas cuotas. (2) El que por otros medios, impida a otro hacer lo que la ley no prohíbe o a ejercer sus derechos, es sancionado con privación de libertad de tres meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas”.
Según López: “Aún cuando los vecinos alegan que el encuentro de la señora Roque Cabello y sus invitados atenta contra la ideología de la Revolución, es la Policía Nacional Revolucionaria o la Seguridad del Estado, según el caso, los que deben proceder de conformidad con lo dispuesto por la vigente Ley No.62, Código Penal, del 27 de noviembre de 1987”.
Martha Beatriz Roque, sancionada en el año 2003 en la causa del Grupo de los 75, se encuentra bajo Licencia Extra Penal; es titular del inmueble, accediendo a la referida condición mediante Escritura de Permuta, la que libre y voluntariamente ejecutó al amparo del Decreto Ley 288, el lugar donde se encuentra enclavada la vivienda no está regida por la vigente Ley 65, Ley General de la Vivienda, como zona Especialmente Protegida, lo que se conoce como Zona Congelada, que impide que personas opuestas al gobierno puedan residir.
La Consultoría Jurídica que preside López Benítez, abogado disidente, ha publicado análisis sobre Detenciones y Registros Arbitrarios que atentan contra los derechos ciudadanos, así como de normas internacionales, en especial la Declaración Universal de Derechos Humanos,  pero violan lo preceptuado por la vigente Ley No.5, Ley de Procedimiento Penal.

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